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Medidas excepcionales por la ola de calor

Atendiendo las instrucciones dictadas por la Consejería de Educación y para el buen funcionamiento el centro se recuerda a los padres el procedimiento de salida de alumnos durante la jornada lectiva:

Se recogerá a los alumnos en los 10 minutos siguientes al cambio de clase.

Sólo podrán recoger al alumnado los padres o personas que ejerzan su tutela legal o mayores de edad autorizados por escrito por los anteriores.

Instrucciones de la Consejería de Educación por la ola de calor:

Ante la situación excepcional de ola de calor que se está sufriendo en todo el país y las altas temperaturas que en estos días se registran en algunos territorios de la geografía andaluza, la Consejería de Educación difundió el día 16 de junio una comunicación a los centros docentes con objeto de garantizar, especialmente en estos días y por estos motivos, el bienestar del alumnado al que atienden dichos centros. 

A la vista de que la situación excepcional de ola de calor no remite e incluso pueden alcanzarse temperaturas más elevadas en los próximos días, teniendo en cuenta el sobrecalentamiento producido en los edificios escolares y con el fin de reforzar la adecuada atención al alumnado durante los días que faltan para la finalización del periodo lectivo ordinario en las presentes circunstancias, se comunica lo siguiente: 

Los centros docentes, en aplicación del principio de autonomía organizativa, podrán flexibilizar el horario del alumnado con la finalidad de adaptarse a las actuales circunstancias de temperaturas excepcionales, ofreciendo a las familias las posibilidades que se indican a continuación. 

Hasta la finalización del periodo lectivo ordinario los centros docentes permitirán la salida del alumnado del centro a requerimiento de las familias, de acuerdo con la organización previa y los horarios de salida que se establezcan por el centro a estos efectos. 

Asimismo, durante los días que restan para la finalización del periodo lectivo ordinario, se considerará justificada la falta de asistencia del alumnado al centro, siempre que haya sido comunicada por la familia del alumno o alumna. 

De las medidas organizativas adoptadas por el centro docente se informará al Consejo Escolar y, especialmente, a las familias mediante los procedimientos y cauces contemplados en el correspondiente plan de centro. 

En todo caso, con independencia de las medidas organizativas adoptadas por el centro docente, quedará garantizado el cumplimiento del horario general del centro, la evaluación del alumnado y la prestación de los servicios complementarios.

 

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